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Las personas dependientes podrán solicitar su evaluación a las CCAA desde el 1 de abril

9 de enero de 2007 por Caterina Bennàssar

A partir de esta fecha todo ciudadano en situación de dependencia podrá solicitar la evaluación de su situación, aunque durante 2007 sólo recibirán prestaciones los 200.000 grandes dependientes estimados, pues la aplicación de la norma se realizará progresivamente hasta el 2015.

silla Todas las personas en situación de dependencia podrán solicitar la evaluación de su situación a la administración autonómica que le corresponda a partir del próximo 1 de abril, según anunció ayer el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, que explicó los pasos a seguir para implantar la Ley de Dependencia.

Tras su entrada en vigor el primero de enero, Trabajo realizará una campaña institucional de información y ha habilitado un teléfono de información (900 40 60 80) para que todos los ciudadanos puedan informarse del nuevo derecho que les asiste y los pasos a seguir.

"Seguramente a partir del 1 de abril las comunidades autónomas comenzarán a evaluar a todas las personas en situación de dependencia y todas las administraciones públicas se pondrán en funcionamiento para garantizar las ciudadanos las prestaciones y servicios a los que desde ayer tienen derecho", explicó.

Aunque a partir del próximo mes de abril todo ciudadano en situación de dependencia podrá solicitar la evaluación de su situación, durante 2007 sólo recibirán prestaciones los cerca de 200.000 grandes dependientes estimados en España, ya que la aplicación de la norma se realizará progresivamente hasta el 2015 mientras se generan las infraestructuras necesarias.

Procedimiento a seguir

El titular de Trabajo comentó que, "con casi total certeza", se convocará para el próximo 22 de enero el Consejo Territorial del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia. Este órgano rector deberá aprobar antes de finales del mes de marzo las "tres piezas clave" para la marcha efectiva de la Ley.

En primer lugar, el Consejo elaborará y aprobará el reglamento que determine los criterios de evaluación de las situaciones de dependencia, es decir, el baremo según el cual se valorará la capacidad de las persona para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria y un protocolo con los procedimientos a seguir en este ámbito por las CC.AA.

El segundo reglamento regulará las prestaciones por dependencia que, previo acuerdo con las comunidades autónomas, concentrará en un texto la intensidad de las protección de los servicios, los requisitos y condiciones de acceso a las prestaciones económicas, la capacidad económica del solicitante y su participación en el coste de los servicios, así como la protección mínima garantizada por el Estado.

Acreditación estatal

Finalmente, el Consejo deberá dar luz verde al reglamento por el cual se incorporan a la Seguridad Social los cuidadores no profesionales cuando se presta el servicio en el entorno familiar. Aunque también requerirá el consenso autonómico, Caldera adelantó que esta incorporación será probablemente al Régimen General y no al de autónomos, lo que significa que el cuidador no tendría que hacer frente al pago de las cuotas.

Así, una vez que se apruebe el baremo, todos los españoles que lo deseen pueden solicitar una evaluación en los servicios sociales de su comunidad autónoma con el fin de determinar su grado y nivel de dependencia, que acreditará su situación para todo el Estado. Los servicios sociales de cada comunidad elaborarán, teniendo en cuenta la opinión del beneficiario, un programa individual de atención con los servicios y prestaciones económicas que va a recibir.

La Ley de Dependencia en cifras

La implementación de la Ley de Dependencia generará 350.000 nuevos puestos de trabajo en prestación de servicios y supondrá un crecimiento del 1,56% del Producto Interior Bruto.

La implantación del sistema contará este año con 800 millones de euros (aportados por Gobierno y comunidades autónomas a partes iguales) y un total de 26.000 euros cuando esté planamente desarrollado.

Fuente: EP/Websalud

» 3 comentarios enviados:


  • 1. Ferran Bellver
    11 de enero de 2007 - 11:28

    Buen tema éste de la nueva Ley para la vida autónoma e independiente. Es una materia que deberíamos estudiar todos hasta conocerla bien y saber cuáles son nuestros derechos, a partir de ahora. Primero, debemos leerla muy despacio. Segundo, anotar lo que no nos quede claro. Y tercero, consultar hasta que resolvamos todas las dudas. Nuestro portal web puede ser un buen sitio para el debate.

  • 2. goyo
    19 de junio de 2008 - 15:46

    hola soy minusvalido desde hace 13años tengo desarticulaciòn de toda la pierna derecha teniendo que llevar muletas de por vida y lo que conlleva no tengo equilibrio etc. yo me puedo acoger a la ley dependencia ganaría algo me gustaría si me puedes explicar que tipos de ventajas tienes a estar en dicha ley dependencias gracias por todo.

  • 3. Ferran Bellver
    22 de junio de 2008 - 14:36

    Goyo, no sé a qué ayuntamiento o comunidad autónoma perteneces, pero yo de ti iría a los servicios sociales de tu localidad y me informaría bien, porque claro que te puede favorecer esto de solicitar tu valoración por la nueva Ley de Dependencia. Un abrazo.

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